Responsabilidad por daños derivados de fallos en el suministro de electricidad

Responsabilidad Civil de empresa de Distribución Eléctrica

Objetivo: 

Analizar los daños causados como consecuencia de subidas de tensión eléctrica.

¿POR QUÉ RESULTA INTERESANTE? El supuesto de este día nos acercará al habitual problema de las pérdidas de beneficios que padecen las empresas por causa de fallos en la prestación de servicios esenciales como la electricidad.

En la tercera sesión de veredicto ejemplar se debatió la cuestión de la responsabilidad por daños derivados de fallos en el suministro de electricidad. Las abogadas de la aseguradora, Natalia Álvarez, que demandaba subrogándose en la posición de su asegurada, y de la empresa comercializadora de electricidad, Ana I. Mendoza, se enzarzaron en un interesante debate acerca de si debía responder la empresa comercializadora o la distribuidora.

El núcleo de la discusión se centró en el hecho de que la comercializadora carece de poder de decisión sobre quién suministra la electricidad o sobre la calidad del suministro, cuestiones que sólo controla la distribuidora. A continuación intervino Jesús Pérez Gónzález, en representación de las entidades aseguradora, que analizó con detalle los principales problemas que se dan en tanto en las pólizas que cubren los daños por electricidad, como en las que dan cobertura a la responsabilidad civil de comercializadoras y distribuidoras.

El acto terminó con el veredicto del juez, Luis Pérez Merino, que siguiendo una reciente sentencia del Pleno de la Sala 1ª del Tribunal Supremo, estimó la acción, condenando a la comercializadora a pagar a la entidad aseguradora una indemnización por todos los daños al asegurado que habían sido previamente reparados por el seguro