7Jun
Boletín Diario de Seguros (Inese)

La flexibilidad laboral debe acompañarse de mecanismos de control

La obligatoriedad del control de horarios de los trabajadores fue el tema de debate del último ‘Diálogos 2020’, organizado por la Cátedra Fundación Inade-UDC y que contó con las intervenciones de Demetrio Ángel Fernández, director territorial de Inspección de Trabajo y Seguridad Social en Galicia del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, y Ricardo Ron, magistrado de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

El primero destacó que, aunque las empresas necesitan flexibilidad para la organización de la jornada laboral, “esta debe acompañarse de mecanismos de control ya que, en caso contrario la flexibilidad se convierte en arbitrariedad”. Recomendó a las empresas que continúen llevando el registro de la jornada laboral, entre otros motivos, porque “ese registro le puede servir a la propia empresa para acreditar, ante la inspección o los tribunales, las horas realmente trabajadas por sus empleados, ante eventuales demandas excesivas provenientes de miembros de la plantilla”, expuso.

Pese a la reciente sentencia del Tribunal Supremo que determina los criterios para la no obligatoriedad del registro de la jornada de los trabajadores, también Ron aconsejó a llevarlo cabo esta medida.