"Las empresas que únicamente utilicen datos contables estarán infraaseguadas"

La valoración de los activos de la empresa y su repercusión en el contrato de seguro (A CORUÑA)

Los expertos afirmaron que “cuando la valoración de los activos de la empresa no corresponde a su valor real, al ocurrir un siniestro, se descubre que existe una falta de cobertura o infraseguro”.
Ambos coincidieron en señalar que “los datos contables infravaloran la empresa debido a que suelen reflejar el más bajo de los valores posibles que podrían tener esos activos”
Objetivo: 

En el momento en que una empresa decide transferir un riesgo a la industria aseguradora, tiene la obligación de fijar su suma asegurada. La suma asegurada representa una cantidad fijada unilateralmente por el tomador del seguro mediante una declaración de voluntad efectuada en el momento de la conclusión del contrato, que tiene por finalidad servir de base para el cálculo de la prima que éste deberá abonar, así como actuar a modo de tope o límite máximo de la cuantía indemnizatoria que deba pagar el asegurador en caso de siniestro.

  • ¿Qué criterio podemos emplear para valorar los activos de la empresa?
  • ¿Qué efectos tendrá en la resolución de los siniestros?
  • ¿Qué acuerdos se pueden llegar a alcanzar para mantener la cobertura plena durante toda la vigencia del contrato? 

El pasado lunes 2 de octubre, la Facultad de Derecho de la UDC acogió una nueva edición de Diálogos 2020. En esta ocasión, el tema objeto de análisis fue “La valoración de los activos de la empresa y su repercusión en el contrato de seguro”. Para abordar esta cuestión se contó con Roberto de la Prieta Saborido y Román Bueres Pérez, Director Septentrional y de la Delegación de Galicia, respectivamente, de Addvalora Global Loss Adjusters.

El primer turno de palabra fue para De la Prieta, que tras realizar una breve introducción del tema, situó el debate en torno a la problemática que se deriva de la mala valoración de los activos de la empresa y su repercusión cuando ocurre un siniestro. En este sentido, explicó que cuando la valoración de los activos de la empresa no corresponde a su valor real, al ocurrir un siniestro, se descubre que existe una falta de cobertura o un infraseguro.

A continuación, los expertos se turnaron la palabra para explicar qué es un infraseguro, por qué sucede y cómo hacer frente a esta situación.

Respecto a la definición de infraseguro, los ponentes señalaron que es la situación que ocurre cuando el importe de la suma asegurada resulta inferior al valor del interés asegurado. Esta situación aparece regulada en el artículo 30 de la Ley de Contrato de Seguro. Tal y como se desprende de este precepto, la situación de infraseguro se produce cuando ha sucedido un siniestro.

Los expertos explicaron a continuación por qué motivos se da la situación de infraseguro. En este sentido, indicaron que el problema se deriva fundamentalmente de una mala gestión de riesgos, que provoca que la empresa, cuando contrata el seguro de daños propios, proporciona datos irreales para calcular el valor del interés asegurado, esto es, de los activos de la empresa: “A la hora de contratar un seguro de daños propios, se ha de realizar una correcta valoración de los activos de la empresa que permita determinar correctamente los capitales asegurados”, indicaron. Tal y como señalan los expertos, esta incorrecta valoración de activos ocurre porque las empresas suelen tener únicamente en cuenta los datos contables para realizar el cálculo del valor de la empresa. Estos datos contables infravaloran la empresa debido a que suelen reflejar, en cumplimiento de las normas de contabilidad, el más bajo de los valores posibles que podrían tener esos activos.

Ante esta situación, los ponentes señalaron posibles soluciones para hacer frente al problema. En primer lugar, indicaron que la opción más efectiva es realizar un estudio que determine el valor de reposición a nuevo de la empresa, y utilizar ése como valor asegurado. Tal y como señalaron, este estudio es una tarea compleja y costosa por lo que muchas pequeñas y medianas empresas son reticentes a acceder y costear el gasto del mismo. Por este motivo, explicaron, otro mecanismo para realizar una valoración real de los activos de la empresa es solicitar los datos correctos: las cuentas anuales y los inventarios de existencias. Para ellos, estos dos datos son fundamentales debido a que proporcionan una imagen muy aproximada del valor de la empresa; en concreto comparae el valor neto anual que ofrecen las cuentas con la suma asegurada es una excelente manera de comprobar el desfase existente. Si ambas cifras son similares es que algo se ha hecho mal y la empresa corre grave peligro, según los ponentes.

Tras las intervenciones de los expertos, se inició el debate. Uno de los aspectos referidos fue el cálculo del valor de un edificio. En este sentido, se señalaron cuáles son los datos que han de tenerse en cuenta a la hora de calcular el valor de reposición “a nuevo” de un edificio: precio de edificación del metro cuadrado, calidades de construcción, accesos, urbanización, etc. Con estos datos se ha de calcular el precio teórico que ha de ser asegurado. Tal y como se apuntó, “utilizando el precio teórico evitaremos una situación de infraseguro”.

Otro tema reseñado fue el protocolo de siniestros. Este aspecto ha sido analizado en otras sesiones de los Diálogos 2020 y, una vez más, se ha de señalar el acuerdo existente en torno a la importancia de prever un protocolo de actuación que indique cómo actuar en caso de siniestro. Este mecanismo permite que, ante una situación en la que se requiere una respuesta rápida y eficaz, como ocurre en el supuesto de un siniestro, la empresa esté preparada para hacer frente al problema y actuar lo antes posible. En numerosas ocasiones, la Cátedra Fundación Inade-UDC ha incidido en la necesidad de negociar y fijar protocolos de siniestros. Este sencillo mecanismo permite evitar la incertidumbre que origina un siniestro y fija cómo debe de actuar de la empresa para evitar demoras innecesarias.

 

Marta Cernadas Lázare
Investigadora del Grupo de Investigación “Empresa, Consumo y Derecho” (UDC)